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Periodicidad para pasar la ITV 
1. La inspección técnica periódica de los vehículos se hará con la siguiente frecuencia: a) Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Antigüedad: Hasta cuatro años: exento. De más de cuatro años: bienal. b) Ciclomotores de dos ruedas. Antigüedad: Hasta tres años: exento. De más de tres años: bienal. c) Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidos los que figuran en los epígrafes a) y b), con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda.
Antigüedad: Hasta cuatro años: exento. De más de cuatro años: bienal. De más de diez años: anual. d) Ambulancias y vehículos de servicio público dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor. Antigüedad: Hasta cinco años: anual. De más de cinco años: Semestral. e) Vehículos de servicio de alquiler con o sin conductor y de escuela de conductores, dedicados al transporte de personas con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor, incluyendo las motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores y cuadriciclos ligeros. Antigüedad: Hasta dos años: exento. De dos a cinco años: anual. De más de cinco años: semestral. f) Vehículos dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar y de menores, con capacidad para diez o más plazas, incluido el conductor. Antigüedad: Hasta cinco años: anual. De más de cinco años: semestral. g) Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de MMA = 3,5 Tm (masa máxima autorizada menor o igual a 3,5 Tm). Antigüedad: Hasta dos años: exento. De dos a seis años: bienal. De seis a diez años: anual. De más de diez años: semestral. h) Vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de MMA > 3,5 Tm. Antigüedad: Hasta diez años: anual. De más de diez años: semestral. i) Caravanas remolcadas de MMA > 750 kg. Antigüedad: Hasta seis años: exento. De más de seis años: bienal. j) Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores y máquinas equiparadas. Antigüedad: Hasta ocho años: exento. De ocho a dieciséis años: bienal. De más de dieciséis años: anual. k) Vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria autopropulsada, con exclusión de aquellos cuya velocidad por construcción sea menor de 25 Km/h.
Antigüedad: Hasta cuatro años: exento. De cuatro a diez años: bienal. De más de diez años: anual. l) Estaciones transformadoras móviles y vehículos adaptados para la maquinaria del circo o ferias recreativas ambulantes. Antigüedad: Hasta cuatro años: exento. De cuatro a seis años: bienal. De más de seis años: anual.
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