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Cuándo pasar la ITV

Periodicidad para pasar la ITV

Cuando pasar la ITV

1. La inspección técnica periódica de los vehículos se hará con la siguiente frecuencia:

 

a) Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.

Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.
De más de cuatro años: bienal.

 

b) Ciclomotores de dos ruedas.

Antigüedad:
Hasta tres años: exento.
De más de tres años: bienal.

 

c) Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidos los que figuran en los epígrafes a) y b), con capacidad hasta nueve plazas,
incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda.

Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.
De más de cuatro años: bienal.
De más de diez años: anual.

 

d) Ambulancias y vehículos de servicio público dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con
capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor.

Antigüedad:
Hasta cinco años: anual.
De más de cinco años: Semestral.

 

e) Vehículos de servicio de alquiler con o sin conductor y de escuela de conductores, dedicados al transporte de personas con capacidad de hasta
nueve plazas, incluido el conductor, incluyendo las motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores y cuadriciclos ligeros.

Antigüedad:
Hasta dos años: exento.
De dos a cinco años: anual.
De más de cinco años: semestral.

 

f) Vehículos dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar y de menores, con capacidad para diez o más plazas, incluido el conductor.

Antigüedad:
Hasta cinco años: anual.
De más de cinco años: semestral.

 

g) Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de MMA = 3,5 Tm (masa máxima autorizada menor o igual a 3,5 Tm).

Antigüedad:
Hasta dos años: exento.
De dos a seis años: bienal.
De seis a diez años: anual.
De más de diez años: semestral.

 

h) Vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de MMA > 3,5 Tm.

Antigüedad:
Hasta diez años: anual.
De más de diez años: semestral.

 

i) Caravanas remolcadas de MMA > 750 kg.

Antigüedad:
Hasta seis años: exento.
De más de seis años: bienal.

 

j) Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores y máquinas equiparadas.

Antigüedad:
Hasta ocho años: exento.
De ocho a dieciséis años: bienal.
De más de dieciséis años: anual.

 

k) Vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria autopropulsada, con exclusión de aquellos cuya velocidad por construcción
sea menor de 25 Km/h.

Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.
De cuatro a diez años: bienal.
De más de diez años: anual.

 

l) Estaciones transformadoras móviles y vehículos adaptados para la maquinaria del circo o ferias recreativas ambulantes.

Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.
De cuatro a seis años: bienal.
De más de seis años: anual.

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