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Multado por presunto culpable

 Culpable porque lo digo yo

semáforo en rojo

 
Hace pocas fechas nos ha llegado un comunicado de Pyramid Consulting en el que se hablaba de una situación padecida por uno de sus asociados. En concreto se trataba de un conductor que, estando en Murcia, fue sancionado por haberse saltado un semáforo en rojo, llegándole la sanción tiempo después.

Que un conductor sea sancionado por saltarse un semáforo nos parece tremendamente lógico, lo que ya no tiene tanto sentido es que una actitud de este tipo no conlleve la inmediata parada del infractor para indicarle su mala acción y la correspondiente notificación de denuncia. Estamos ya acostumbrados a que desde la administración senos comuniquen las multas transcurrido un tiempo con aquello de "las circunstancias del tráfico" impidieron la notificación en el momento.

En este caso ocurrió además una situación inesperada, y es que tanto el conductor en cuestión como su vehículo se encontraban a cientos de kilómetros de distancia (Murcia)en el momento de la infracción, por lo que no podían ser en ningún caso los protagonistas del suceso ocurrido y denunciado en Madrid. Curioso además que el conductor se viera obligado a presentar pruebas para acreditar que estaba en otro lugar y más curioso aún quela Administración las desestimara considerando que podría haber realizado un "viaje relámpago" entre ambas ciudades y por tanto haber cometido la infracción.

Dicen quienes entienden de leyes quea todos nos asiste la Presunción de Inocencia, pero dado que los agentes de la ley tienen presunción de veracidad resulta que esta última pisotea vilmente la anterior,dejándonos con una presunción de culpabilidad que resulta en muchos casos difícil de eliminar. Afortunadamente para el conductor éste contaba con papeles y facturas que demostraron su presencia en Murcia en momentos cercanos a la realización de la infracción, aunque para que se le hiciera caso este ciudadano hubo de recurrir al Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº8 de Madrid, resultando de ello la devolución de los 200 euros y cuatro puntos del carnet que le habían sido retirados previamente.
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